La Justicia de Aragón ha emitido una sugerencia al Gobierno de Aragón a fin de que cumpla los preceptos legales que «recogen toda una serie de líneas de actuación relacionadas con el patrimonio lingüístico aragonés»; preceptos que, por tanto, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, explica, «debería tomar en consideración» en materia de política lingüística. Todo ello, explican desde la institución, como consecuencia de la queja presentada en el mes de febrero de este año por la Associació Cultural del Matarranya, Rolde de Estudios Aragoneses, Consello d’a Fabla Aragonesa e Institut d’Estudis del Baix Cinca y en la que ponían de manifiesto el incumplimiento por el actual Gobierno de Aragón de lo ordenado por el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Constitución Española y la Carta Europea de las Lenguas, eliminando la Dirección General de Política Lingüística y todas las líneas existentes para la promoción y difusión del aragonés y el catalán de Aragón.
Aluden, de igual modo, a los diferentes premios literarios, a la cátedra en la Universidad de Zaragoza, a diferentes convenios con comarcas y ayuntamientos, a la Academia Aragonesa de la Lengua y a diferentes subvenciones a asociaciones. Así la Justicia se refiere a «preceptos como los referidos a los derechos lingüísticos, a la dignificación de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, a la Academia Aragonesa de la Lengua, a la conservación del patrimonio lingüístico aragonés, a la difusión del patrimonio lingüístico aragonés, a la promoción cultural de lenguas y modalidades lingüísticas propias, a la enseñanza de las lenguas propias, a la iniciativa social, o a la política de cooperación entre la Administración autonómica y entidades que puedan contribuir al cumplimiento de los fines previstos en la Ley de Lenguas».
A su vez, este compromiso de las Administraciones Públicas por la protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias, se recoge, recuerdan desde la institución, en la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, de 1992. Sin olvidar que la propia Constitución Española de 1978, en su artículo 3.3, establece que las distintas modalidades lingüísticas de España constituyen un elemento básico del patrimonio cultural y que, por tanto, han de ser objeto de especial respeto y protección.
Además, pone de manifiesto que la propia legislación obliga al Gobierno a establecer partidas para llevar a cabo esta protección, promoción y difusión. Según explican, para la puesta en marcha de estas actuaciones esta previsto que la Administración destine las partidas presupuestarias oportunas para la consecución de tales fines; consignación presupuestaria que, en concreto, aparece regulada en la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2013 al establecer que «el Gobierno de Aragón consignará las partidas presupuestarias necesarias para la puesta en marcha de la presente Ley».
Desde el Justiciazgo añaden que existen previsiones legales que deberían ser tomadas en consideración por el Gobierno de Aragón en el ejercicio de sus competencias en materia de política lingüística, y, por tanto, en la implementación de políticas públicas en esta materia. Por todo ello la Justicia da un plazo de un mes al Gobierno para comunicar si acepta o no la sugerencia, indicando en caso negativo las razones por las que no lo haga. Asimismo, recuerda que la institución del Justiciazgo tiene competencias específicas en materia lingüística atribuidas por el artículo 19 de la vigente Ley de lenguas. En concreto, el precepto aludido establece que el Justiciazgo velará por la protección de los derechos lingüísticos y por la supervisión de las actuaciones de los poderes públicos sobre este particular.