La Franja

Aragón ya no habla catalán

Aragón ya no habla catalán.

El catalán, el castellano y el aragonés, con sus modalidades lingüísticas propias, se hablan en la Comunidad, según la legislación vigente. Sin embargo, esto cambiará una vez que se apruebe una nueva Ley de Lenguas. A partir de entonces, sólo el castellano y las lenguas aragonesas serán las reconocidas.
Emilio Mera Gallego
La Plataforma No Hablamos Catalán mostró su rechazo en numerosos actos a la Ley de Lenguas aprobada por el anterior Gobierno de Aragón
La Plataforma No Hablamos Catalán mostró su rechazo en numerosos actos a la Ley de Lenguas aprobada por el anterior Gobierno de Aragón

Zaragoza.- Una de las normativas más polémicas en los últimos tiempos ha sido la Ley de Lenguas, que reconoce como las habladas en la Comunidad al castellano, al aragonés y al catalán, con sus modalidades lingüísticas propias. Sin embargo, la reforma emprendida por el Gobierno de Aragón cambiará esta concepción, pasando estas dos últimas a ser denominadas lenguas aragonesas, con sus modalidades.

El castellano se reconoce como la utilizada en toda la Comunidad, pero, su vez, contempla la existencia de dos zonas de utilización histórica predominante de las lenguas aragonesas y sus modalidades. La primera de ellas se encuentra en las áreas pirenaica y prepirenaica, mientras que la segunda corresponde al área oriental de Aragón.

Los ayuntamientos de estas zonas podrán establecer en el ámbito de su municipio la denominación de su modalidad por razones históricas y culturales. Para ello, será necesario que haya un acuerdo que cuente con el voto favorable de dos tercios de la Corporación.

La nueva normativa se marca como objeto reconocer la pluralidad lingüística en Aragón y garantizar a los ciudadanos el uso de estas hablas como “un legado cultural histórico que debe ser conservado”. Además, busca su conservación, recuperación, promoción, enseñanza y difusión en las zonas de utilización histórica predominante.

Recuerda que el castellano es el idioma oficial y que todos tienen el deber de conocerlo y el derecho a usarlo. Pero también contempla que la Comunidad tiene como “propias, originales e históricas” las lenguas aragonesas, con sus modalidades lingüísticas, de uso predominante en las áreas septentrional y oriental de la Comunidad. Por ello, la norma asegura que gozarán de protección, se promoverá su enseñanza y recuperación y se reconoce el derecho de los hablantes a su uso en las zonas de utilización histórica predominante de las mismas, donde se favorecerá su utilización en las relaciones con las administraciones públicas.

Once ayuntamientos aragoneses presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Lenguas

La Ley también apuesta por promover una serie de derechos como conocer las lenguas y modalidades propias; usarlas oralmente y por escrito en las zonas de utilización histórica predominante; recibir su enseñanza; tener acceso en las estos idiomas a publicaciones y programaciones de radio, televisión y otros medios de comunicación; y poder usarlos en la vida económica y social. Además, se asegura que nadie podrá ser discriminado por razón del habla.

La apuesta también pasa por su dignificación. Así, los poderes públicos arbitrarán las medidas necesarias de información, dignificación y difusión con el fin de promover el correcto conocimiento de esta realidad.

Academia Aragonesa de la Lengua

Se creará también una Academia Aragonesa de la Lengua, que será la institución científica oficial en el ámbito de las lenguas y modalidades propias. Será la encargada de establecer las normas referidas al uso correcto de ellas, asesorando de ello a los poderes públicos e instituciones.

Estará compuesta por personas de “reconocido prestigio” en el ámbito de la filología, literatura y lingüística, preferentemente doctores y nativos hablantes. Además, buscarán que cuenten con una larga trayectoria en la práctica y el fomento de los valores idiomáticos y literarios propios de la Comunidad.

El Gobierno de Aragón tendrá que aprobar los estatutos de la academia en el plazo de ocho meses desde que este proyecto de Ley entre en vigor. Además, este órgano tendrá que ser constituido en los tres meses siguientes.

Patrimonio

La Ley establece como Patrimonio Lingüístico Aragonés todos los bienes materiales e inmateriales de relevancia idiomática relacionados con la historia y la cultura de las lenguas y modalidades propias. Las instituciones garantizarán su conservación.

Fraga se encuentra en una zona de utilización histórica predominante de las lenguas aragonesas y sus modalidades lingüísticas

Los usos, costumbres, creaciones, comportamientos y demás bienes inmateriales serán salvaguardados mediante la investigación, la documentación científica y la recogida exhaustiva en soportes materiales para garantizar así su transmisión para las generaciones futuras y su difusión cultural. Todo ello será promovido por el Gobierno de Aragón, que favorecerá la realización de actividades culturales en esas hablas.

Enseñanza

El texto legislativo también reconoce el derecho a recibir la enseñanza de las lenguas propias en las zonas de uso histórico predominante, pero recoge que el aprendizaje será voluntario. Para ello, el Ejecutivo autonómico deberá garantizarlo mediante una oferta adecuada en los centros educativos en todos los niveles y etapas.

El Gobierno de Aragón deberá también impulsar la edición de materiales didácticos para ser utilizados en las asignaturas y fomentar cursos para adultos o educación permanente, principalmente en las zonas de utilización histórica predominante.

Para poder impartir estas clases es necesario contar con un profesorado que las imparta. Por ello, la Ley contempla que se garantice la adecuada formación inicial y permanente, así como su capacitación.

Toponimia

En las zonas de utilización histórica predominante, la denominación oficial de los topónimos podrá ser, además de la castellana, la tradicionalmente usada en el territorio. Corresponde al Departamento del Gobierno de Aragón competente en política lingüística, oída la Academia Aragonesa de la Lengua, determinar los topónimos de la Comunidad, así como los nombres oficiales de los territorios, los núcleos de población y las vías interurbanas.

Además, se reconoce el derecho de utilizarlas en los nombres y apellidos, que podrán ser inscritos en el Registro Civil. A esto se une que cualquier persona, desde que cumpla los 14 años, podrá solicitar la sustitución de su nombre o sus apellidos por su equivalente onomástico en cualquiera de las lenguas propias.

Exit mobile version